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DÍA DE LA FLOR NACIONAL

sábado, 22 de noviembre de 2014

La flor de ceibo, también denominada seibo, seíbo o bucaré, fue declarada flor nacional argentina por Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación Nº 138474/42 (23 de diciembre de 1942). Es un árbol originario de América, especialmente de Argentina (zona del litoral), Uruguay (donde también es flor nacional), Brasil y Paraguay. Crece en las riberas del Paraná y del Río de la Plata, pero también se lo puede hallar en zonas cercanas a ríos, lagos y zonas pantanosas. Pertenece a la familia de las leguminosas. No es un árbol muy alto y tiene un follaje caduco de intenso color verde. Sus flores son grandes y de un rojo carmín. Su tronco es retorcido. Sus raíces son sólidas y se afirman al suelo contrarrestando la erosión que provocan las aguas. Su madera, blanca amarillenta y muy blanda, se utiliza para fabricar algunos artículos de peso reducido. Sus flores se utilizan para teñir telas.
Para designar a la flor nacional el Ministerio de Agricultura designó una comisión especial que propuso al ceibo como flor nacional.
Entre otros considerandos, el decreto 138474 resalta como motivos de la elección:
  • Que la flor del ceibo ha merecido la preferencia de gran número de habitantes de distintas zonas del país, en las diversas encuestas populares promovidas por órganos del periodismo y entidades culturales y científicas.
  • Que estas circunstancias han determinado el conocimiento de la flor del ceibo en casi todos los países de Europa y América, donde ya figura, en virtud de dichos antecedentes, como representante floral de la República Argentina.
  • Que la flor del ceibo, cuya difusión abarca extensas zonas del país, ha sido evocada en leyendas aborígenes y cantada por poetas, sirviendo también de motivo para trozos musicales que han enriquecido nuestro folklore, con expresiones artísticas de hondo arraigo popular y típicamente autóctonas.
  • Que el color del ceibo figura entre los que ostenta nuestro escudo, expresión de argentinidad y emblema de nuestra patria.
  • Que además de poseer el árbol del ceibo, por su madera, aplicaciones industriales, su extraordinaria resistencia al medio y su fácil multiplicación han contribuido a la formación geológica del delta mesopotámico, orgullo del país y admiración del mundo.
  • Que diversas instituciones oficiales, civiles y militares, han establecido la plantación del ceibo al pie del mástil que sustenta nuestra bandera, asignándole así un carácter simbólico y tradicionalista.
  • Que por otra parte no existe en la República una flor que encierre características botánicas, fitogeográficas, artísticas o históricas que hayan merecido la unanimidad de las opiniones para asignarle jerarquía de flor nacional, por lo que las predilecciones, como se ha puesto de manifiesto en las encuestas y concursos llevados a cabo.
  • Que además no existe la posibilidad de que una determinada planta abarque sin solución de continuidad toda la extensión del país por la diversidad de sus condiciones climáticas y ecológicas.


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